Checklist para cerrar el ejercicio 2025 sin sobresaltos
El cierre contable es el momento de la verdad. Esta checklist te ayuda a no olvidar ningún paso, desde el inventario hasta la regularización del IVA.
Cerrar el ejercicio bien hecho te ahorra dinero (deducciones que no pierdes), te evita sustos (regularizaciones e inspecciones) y deja la contabilidad lista para tomar decisiones en el ejercicio siguiente. Esta checklist va dirigida a pymes, autónomos y asesorías que quieren llegar al 31 de diciembre con todo cuadrado y al 30 de enero con los modelos presentados sin estrés.
El cierre del ejercicio 2025 tiene tres bloques claros: tareas a ejecutar antes del 31 de diciembre de 2025, modelos a presentar entre el 1 y el 30 de enero de 2026 y operaciones que se cierran ya en primavera y verano de 2026 (Renta y Sociedades). Cuanto antes empieces, menos depende todo del último día.
Antes del 31 de diciembre de 2025: cierre operativo
Estos pasos no son solo "limpieza contable": muchos tienen efectos fiscales y, si no se hacen en el ejercicio, no se recuperan después.
1. Inventario físico de existencias
Recuento físico a fecha de cierre. Comparas con el saldo contable de la cuenta 300 y ajustas. Las pérdidas por obsolescencia, mermas o deterioro se reconocen en este momento.
2. Conciliación bancaria de todas las cuentas
Saldo contable contra extracto bancario al 31 de diciembre. Si hay partidas pendientes (cheques no cobrados, transferencias en tránsito), debes documentarlas. Una conciliación cuadrada es la base de todo lo demás.
3. Circularización de saldos con clientes y proveedores
Confirma con tus principales deudores y acreedores que los saldos coinciden. Es habitual encontrar abonos no aplicados, facturas duplicadas o albaranes sin facturar de finales de año. Mejor verlo ahora que en una inspección.
4. Provisiones por clientes morosos
Para que la pérdida por impago sea fiscalmente deducible, tiene que haber transcurrido un determinado plazo desde el vencimiento (6 meses con carácter general; otros plazos en Sociedades para empresas de reducida dimensión) y haber gestiones de cobro. Documenta correos, burofaxes y reclamaciones.
5. Amortizaciones del inmovilizado
Aplica el plan de amortización de cada activo. Si has comprado bienes nuevos en el ejercicio, prorratea desde su puesta en marcha. Las pymes pueden aplicar la libertad de amortización por creación de empleo y la amortización acelerada del régimen de empresas de reducida dimensión cuando proceda.
6. Periodificación de ingresos y gastos
Seguros pagados por adelantado, alquileres anticipados, suscripciones anuales: hay que llevar al ejercicio que corresponde la parte devengada y dejar el resto en cuentas 480/485. Lo mismo con ingresos cobrados por servicios pendientes de prestar.
7. Cierre del IVA del ejercicio
Revisa que las cuotas de los cuatro trimestres del Modelo 303 cuadran con los registros del libro de IVA. Aplica la prorrata definitiva si llevas regla de prorrata. Regulariza bienes de inversión cuando proceda (artículos 107-110 LIVA).
8. Inversiones de última hora con beneficio fiscal
Si vas a hacer una inversión necesaria y prevés un buen resultado, hacerla antes del 31 de diciembre adelanta la deducción y empieza a amortizar en este ejercicio. Reservas de capitalización, deducciones por innovación o I+D y libertad de amortización son palancas legítimas que conviene revisar a tiempo.
Calendario fiscal: enero de 2026
Enero concentra el grueso de obligaciones del cierre. Las fechas clave son el 20, el 30 y el 31 de enero de 2026.
Hasta el 20 de enero de 2026
- Modelo 111: retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicadas en el cuarto trimestre de 2025 (rendimientos del trabajo, profesionales, premios, etc.).
- Modelo 115: retenciones por arrendamientos de inmuebles urbanos del cuarto trimestre.
- Modelo 123: retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario, si las has practicado.
- Modelo 216: retenciones a no residentes sin establecimiento permanente.
Hasta el 30 de enero de 2026
- Modelo 303: autoliquidación del IVA del cuarto trimestre 2025.
- Modelo 390: resumen anual del IVA 2025.
- Modelo 130: pago fraccionado del IRPF (autónomos en estimación directa).
- Modelo 131: pago fraccionado del IRPF (autónomos en estimación objetiva o "módulos").
- Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias del cuarto trimestre.
Hasta el 31 de enero de 2026
- Modelo 180: resumen anual de retenciones por arrendamientos de inmuebles urbanos.
- Modelo 190: resumen anual de retenciones del trabajo y actividades profesionales.
- Modelo 193: resumen anual de retenciones del capital mobiliario.
Recuerda: la presentación es exclusivamente telemática (sede electrónica de la AEAT). Si quieres domiciliar el pago, presenta cinco días naturales antes del fin de plazo.
Modelo 347: marzo de 2026
El Modelo 347, declaración informativa anual de operaciones con terceras personas, se presenta en febrero de cada año. Para el ejercicio 2025, como el 28 de febrero de 2026 cae en sábado, el plazo se traslada al lunes 2 de marzo de 2026.
Se declaran clientes y proveedores con los que la suma anual de operaciones haya superado 3.005,06 € (IVA incluido). No se incluyen operaciones ya informadas mediante SII, ni las acogidas a TicketBAI/Batuz en sus respectivos territorios. Conviene cruzar el Modelo 347 con los Modelos 390 y 303 para que los importes globales sean coherentes.
Cuentas anuales y libros: el cierre formal
Las sociedades mercantiles tienen un cronograma muy claro:
- Antes del 31 de marzo de 2026: formulación de las cuentas anuales por el órgano de administración (artículo 253 LSC).
- Antes del 30 de junio de 2026: aprobación de las cuentas por la junta general.
- Antes del 30 de julio de 2026: depósito de cuentas en el Registro Mercantil del domicilio social.
- Cuatro meses tras el cierre: legalización de los libros oficiales (Diario, Inventarios y Cuentas Anuales) en el Registro Mercantil. Para ejercicios coincidentes con el año natural, el plazo termina el 30 de abril de 2026.
El depósito fuera de plazo cierra el Registro Mercantil para inscripciones y conlleva sanciones del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
Antes del 25 de julio de 2026: Impuesto sobre Sociedades
Las entidades cuyo periodo impositivo coincide con el año natural presentan el Modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades) entre el 1 y el 25 de julio de 2026. Antes hay que pasar por los pagos fraccionados del Modelo 202 (en abril, octubre y diciembre).
Para autónomos en IRPF, la campaña de Renta 2025 (Modelo 100) se desarrolla entre abril y junio de 2026. El borrador y los datos fiscales se publican a primeros de abril, con presentación hasta finales de junio.
Optimización fiscal antes de cerrar: qué revisar en diciembre
Diciembre no es solo recopilar facturas: es el último mes para mover algunas decisiones que afectan al resultado. Aspectos clave a revisar con la asesoría:
Reserva de capitalización y reserva de nivelación
Las sociedades pueden reducir la base imponible del Impuesto sobre Sociedades aplicando la reserva de capitalización (artículo 25 LIS) y, las que tienen condición de empresa de reducida dimensión, la reserva de nivelación (artículo 105 LIS). Ambas exigen dotar reservas indisponibles y se aplican con cuidado para no perder beneficios fiscales.
Deducciones por I+D+i
Las inversiones en investigación, desarrollo e innovación tecnológica generan deducciones potentes en cuota. Su acreditación requiere informe motivado o calificación previa, así que conviene tener documentación completa antes del cierre.
Plan de pensiones del autónomo
Las aportaciones a planes de pensiones de empleo simplificados de autónomos reducen la base imponible del IRPF dentro de los límites legales vigentes. La aportación debe estar formalizada antes del 31 de diciembre.
Donaciones y mecenazgo
Las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002 generan deducciones del 80% sobre los primeros 250 € y del 40% (o 45% por reincidencia) sobre el resto. Documenta certificado de la entidad antes de aplicar la deducción.
Documentación que debes conservar
Junto con los modelos presentados, archiva:
- Libros oficiales legalizados (Diario, Inventarios y Cuentas Anuales, Mayor en su caso).
- Libros registro del IVA (emitidas, recibidas, bienes de inversión, intracomunitarias).
- Justificantes de operaciones declaradas (facturas, contratos, recibos).
- Acuses de recibo de la AEAT por cada modelo presentado.
- Documentación soporte de provisiones, deterioros y deducciones aplicadas.
El plazo general de conservación a efectos tributarios es de 4 años (prescripción), pero el Código de Comercio exige 6 años para la documentación contable. Lo prudente es atenerse al mayor.
Errores frecuentes que cuestan dinero
- Olvidar la regularización del IVA de bienes de inversión cuando cambia su afectación.
- No documentar las gestiones de cobro de los morosos y perder la deducibilidad de la provisión.
- Cuadrar el Modelo 390 con los 303 al final, descubriendo desajustes que ya no se pueden corregir cómodamente.
- No revisar los datos del Modelo 190 con los certificados de retenciones que se entregan a trabajadores y profesionales: cualquier diferencia genera incidencias en sus rentas.
- Dejar para enero el inventario físico que debía hacerse el 31 de diciembre.
- No aprovechar el cierre para firmar contratos, formalizar inversiones o constituir reservas que reducen la factura fiscal del año.
- Olvidar la regularización por modificaciones de criterios contables o errores de ejercicios anteriores (cuenta 113).
Cómo lo automatiza Beply
Si llevas la facturación, los gastos y la contabilidad en Beply, el cierre se construye solo a lo largo del año: cada gasto que entra por OCR, cada extracto bancario conciliado y cada factura emitida ya está asentado y conciliado. En diciembre lanzas las tareas específicas (inventario, periodificaciones, amortizaciones) y en enero generas los modelos 303, 390, 111, 115, 130, 180, 190 y 347 con los datos cuadrados.
Para asesorías, Beply concentra el cierre de varios clientes en un único panel: ves quién falta de aprobar borradores, qué saldos descuadran y qué declaraciones quedan pendientes de presentar.
El mejor cierre es el que no se nota: contabilidad al día durante todo el año, conciliaciones al cerrar cada mes y diciembre dedicado a las decisiones fiscales, no al pánico de imprimir facturas perdidas.
Si quieres llegar al cierre con todo en orden, echa un vistazo a los planes de Beply, descubre el módulo de contabilidad y la facturación integradas, o si trabajas en una asesoría, mira cómo lo gestionamos para varias empresas a la vez. ¿Tienes dudas? Hablamos.