Normativa

VeriFactu y factura electrónica en 2027: plazos y obligaciones para asesorías

Guía para asesorías: plazos de VeriFactu y factura electrónica B2B en 2027, diferencias entre ambas obligaciones y cómo preparar a tus clientes sin duplicar trabajo.

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Respuesta directa: Las asesorías deben distinguir dos obligaciones distintas: VeriFactu (sistemas de facturación) y factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece). VeriFactu obliga a adaptar los sistemas antes del 1 de enero de 2027 (obligados del artículo 3.1.a) del RD 1007/2023) y 1 de julio de 2027 (resto de obligados). La factura electrónica B2B sigue pendiente de desarrollo reglamentario. Esta guía te da el calendario, las diferencias y un plan de acción para tu despacho.

Ficha rápida

Concepto VeriFactu Factura electrónica B2B
Base legal RD 1007/2023, modificado por RDL 15/2025 Ley 18/2022 (Crea y Crece)
Plazo obligados art. 3.1.a) 1 de enero de 2027 Pendiente de reglamento
Plazo resto de obligados 1 de julio de 2027 Pendiente de reglamento
Obligación Adaptar el software de facturación Emitir y recibir facturas electrónicas entre empresas
Estado actual En vigor, con plazos ampliados Sin desarrollo reglamentario

Alcance

Esta guía está pensada para asesorías y despachos que gestionan la facturación de pymes y autónomos. Resuelve la confusión entre VeriFactu y factura electrónica, dos obligaciones que se solapan en el tiempo pero que tienen plazos y requisitos distintos.

Índice

  1. Qué es VeriFactu y qué es factura electrónica
  2. Calendario actualizado tras el RDL 15/2025
  3. Diferencias clave para la asesoría
  4. Plan de adaptación para tu despacho
  5. Errores frecuentes y cómo evitarlos
  6. Fuentes y historial de cambios
  7. Siguiente paso

Qué es VeriFactu y qué es factura electrónica

VeriFactu es una de las modalidades de los sistemas informáticos de facturación (SIF) regulados por el RD 1007/2023. No es un sistema de facturación electrónica: es un conjunto de requisitos técnicos que garantizan la integridad, trazabilidad y conservación de los registros de facturación. El RDL 15/2025 menciona a los productores y comercializadores de sistemas informáticos, pero no detalla una declaración responsable ni su presentación ante la AEAT; por tanto, no debe afirmarse que exista tal declaración.

Factura electrónica B2B es la obligación de emitir y recibir facturas en formato electrónico entre empresarios y profesionales, establecida en la Ley 18/2022 (Crea y Crece). La ley indica que las obligaciones de información se completarán mediante desarrollo reglamentario, pero no fija fechas concretas; por tanto, el estado de pendencia debe expresarse con cautela.

Calendario actualizado tras el RDL 15/2025

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, amplió los plazos de adaptación de los sistemas informáticos de facturación:

  • Obligados del artículo 3.1.a) del RD 1007/2023: antes del 1 de enero de 2027.
  • Resto de obligados (según el artículo 3.1 del RD 1007/2023): antes del 1 de julio de 2027.

Para productores y comercializadores de software, se mantiene la regla de los nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, sin perjuicio de la adaptación obligatoria antes de las nuevas fechas límite.

Calendario de plazos VeriFactu para asesorías. Identidad Beply obligatoria: fondo blanco, estructura carbón #1D1D1D y acción en rojo #F50000; bordes rectos, sin texto, logotipos, …

Diferencias clave para la asesoría

Aspecto VeriFactu Factura electrónica B2B
Objeto Software de facturación Formato de intercambio de facturas
Quién obliga RD 1007/2023 (desarrollo del art. 29.2.j de la LGT) Ley Crea y Crece (morosidad)
Plazo 1 enero 2027 / 1 julio 2027 Pendiente de reglamento
Formato Registros de facturación con hash y QR (requisitos del SIF) Facturae u otros formatos estándar
Impacto en asesoría Adaptar tu software y el de tus clientes Preparar el flujo de emisión/recepción

Diferencias entre VeriFactu y factura electrónica B2B. Identidad Beply obligatoria: fondo blanco, estructura carbón #1D1D1D y acción en rojo #F50000; bordes rectos, sin texto, log…

Plan de adaptación para tu despacho

1. Audita tu propio software

  • Verifica que tu programa de facturación cumple los requisitos del RD 1007/2023 (hash, encadenado, QR).
  • Como recomendación cautelar, consulta con tu proveedor de software si ha emitido alguna declaración de conformidad con la normativa; no existe una declaración responsable regulada en el RDL 15/2025.

2. Clasifica a tus clientes por fecha límite

  • Grupo A: obligados del artículo 3.1.a) del RD 1007/2023 (según el texto del reglamento).
  • Grupo B: resto de obligados del artículo 3.1 del RD 1007/2023.

3. Prepara un plan de comunicación

  • Informa a cada cliente de su fecha límite y de los pasos que debe dar.
  • Ofrece un servicio de revisión de su software de facturación.

4. Digitaliza la recepción de facturas

  • Configura un buzón de correo para recibir facturas electrónicas de proveedores.
  • Usa OCR para digitalizar facturas en papel y reducir la carga administrativa.

Ejemplo trabajado (ilustrativo)

Datos de entrada: Una asesoría tiene 50 clientes: 20 en el grupo A (obligados del artículo 3.1.a) del RD 1007/2023) y 30 en el grupo B (resto de obligados). Todos usan un software de facturación que aún no cumple VeriFactu.

Operación: La asesoría elabora un calendario interno. Las fechas que se indican son hipótesis del autor para ilustrar el proceso, no hitos normativos adicionales:

  • Septiembre 2026: revisar el software propio y consultar al proveedor sobre la conformidad con el RD 1007/2023.
  • Octubre 2026: enviar comunicación a los 20 clientes del grupo A con su fecha límite (1 enero 2027).
  • Noviembre 2026: ofrecer un plan de migración a los clientes del grupo A.
  • Enero 2027: verificar que los clientes del grupo A han adaptado su software.
  • Abril 2027: repetir el proceso con los 30 clientes del grupo B (fecha límite 1 julio 2027).

Resultado: La asesoría evita que sus clientes lleguen a la fecha límite sin cumplir, y reduce el trabajo de urgencia.

Explicación: El RDL 15/2025 amplió los plazos, pero no elimina la obligación. La asesoría debe anticiparse para no asumir horas no facturadas.

Error frecuente: Confundir VeriFactu con factura electrónica y pensar que al adaptar el software ya se cumple con la Ley Crea y Crece. Son obligaciones distintas.

Errores frecuentes y cómo evitarlos

Error Consecuencia Cómo evitarlo
Creer que VeriFactu es factura electrónica No preparar la factura electrónica B2B Distinguir ambas obligaciones en tu comunicación
Asumir que existe una declaración responsable del software Riesgo de incumplimiento Consultar con el proveedor la conformidad con el RD 1007/2023
Esperar a 2027 para adaptar tu despacho Saturación y horas no facturadas Planificar con 6 meses de antelación
No informar a los clientes de su fecha límite Clientes sancionados Enviar comunicaciones personalizadas

Fuentes y historial de cambios

  • Real Decreto-ley 15/2025 (BOE-A-2025-24446): amplía los plazos de adaptación a VeriFactu. Comprobada: 2026-09-08.
  • Ley 18/2022 (BOE-A-2022-15818): establece la obligación de factura electrónica B2B. Comprobada: 2026-09-08.

Historial de cambios:

  • 2026-09-08: Publicación inicial con plazos actualizados tras el RDL 15/2025.

Siguiente paso

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